A mediados del año de 1859, la Guerra de Reforma llegó a un punto crucial, desfavorable para la causa liberal. Las derrotas se acumulaban y el gobierno constitucional del presidente Benito Juárez se hallaba replegado en una de las pocas ciudades que aún permanecían en poder de sus tropas: el puerto de Veracruz.
El 7 de julio de 1859, en el puerto de Veracruz el presidente Benito Juárez expidió el paquete legislativo que conocemos como Leyes de Reforma. Su objetivo principal fue la separación de la Iglesia y el Estado, pues en el México de esa época el poder de la primera era bastante fuerte e influía en las decisiones más importantes de la política nacional para favorecer totalmente a los conservadores.
Dentro de esas leyes encontramos las siguientes:
Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos (12 de junio de 1859). Complementa la Ley de Desamortización de los Bienes Eclesiásticas, o Ley Lerdo, con un cambio importante: los bienes ya no pasaban a manos de los rentistas, o sea, del clero.
Ley del Matrimonio Civil (23 de julio de 1859). Con ella, el matrimonio religioso pierde su validez oficial. Establece el matrimonio como un contrato civil con el Estado.
Ley Orgánica del Registro Civil (28 de julio de 1859). El registro del estado civil de las personas quedaba a cargo de empleados de gobierno, no de la Iglesia. Se declararon los nacimientos y defunciones como un contrato civil con el Estado. Como complemento se expidió Decreto del 31 de julio de 1859 por el que se secularizaban todos los cementerios y camposantos de la República
Ley de Exclaustración de Monjas y Frailes (11 agosto de 1859). Se prohibió la existencia de claustros o conventos, implicando su clausura.
Ley Sobre la Libertad de Cultos (4 de diciembre de 1860). Permitió a cada persona practicar y elegir el culto que deseara, con plena libertad. También prohibió la realización de ceremonias fuera de las iglesias o templos.
Posteriormente al regresar el gobierno a la capital de la República, fueron dictados dos decretos que redondeaban la reforma en el aspecto de la relación Iglesia-Estado.
Decreto del 26 de febrero de 1861 para la salida de las religiosas y religiosos que ahí vivían que mandaba extinguir las comunidades religiosas, salvo las de las llamadas Hermanas de la Caridad.
Decreto del 2 de febrero de 1861 por el que se secularizaban los hospitales y establecimientos de beneficencia
Emanado de estas leyes, se estableció el registro civil en 1859. A su vez se inició́ una larga tradición de captación de los datos vitales. Con el registro civil se sentaron dos importantes precedentes: el reconocimiento oficial de un nuevo ciudadano mexicano, y el contar con datos oficiales de los movimientos naturales de la población ―crecimiento, matrimonio, y migración.
Se proclaman las Leyes de Reforma
Durante la guerra entre liberales y conservadores, con un gobierno en constante peregrinaje por la persecución de sus enemigos políticos, el presidente Benito Juárez proclama en la ciudad de Guanajuato el 6 de septiembre de 1860, Las Leyes de Reforma, cuyo propósito principal era separar a la Iglesia del Estado y consolidar la Independencia de México.
El conjunto de esas leyes concluyeron con un proceso de más de cuarenta años, encaminado a limitar los privilegios del clero. Siendo los principales avances: la ley de nacionalización de los bienes eclesiásticos, la ley de matrimonio civil, la ley orgánica del registro civil y la ley sobre libertad de cultos que permitió que cada persona fuera libre de practicar y elegir el culto que deseará.
Años más tarde, al morir Benito Juárez (1872), Miguel Lerdo de Tejada asumió la titularidad del poder ejecutivo, como le correspondía por ser presidente de la Suprema Corte de Justicia. Al tomar posesión se comprometió a hacer cumplir las Leyes de Reforma y elevarlas jerárquicamente al incluirlas en la Constitución: lo cumplió con la Ley sobre Adiciones y Reformas a la Constitución del 25 de septiembre de 1873.
Con información de: CDNH y INEHRM.