Diputado Constituyente 1916-1917, por el Estado de Guanajuato: Fernando Lizardi

El Diputado Constituyente 1916-1917, el Lic. Fernando Lizardi, nació en la ciudad de Guanajuato el 23 de mayo de 1883. Obtuvo el título de abogado el 11 de septiembre de 1906, en la ciudad de México.

Fue Juez Municipal, Civil y Penal; miembro de la Junta Dictaminadora de Abogados del Estado de Guanajuato; Asesor de la Comandancia Militar del Tercer Sector del Estado, bajo las órdenes del General Cándido Aguilar y Secretario General del Gobierno del Estado de Hidalgo.

Participación en el Congreso Constituyente 1916-1917

En las elecciones para Diputado Constituyente fue elegido por el 13° Distrito de Guanajuato (Acámbaro). En el Congreso de Querétaro, participó como el Primer Secretario de la Asamblea. Fue uno de los diputados que se distinguió por su participación en varios debates para la redacción de la actual Constitución.

En la discusión del artículo 3°, su participación giró en torno a cuestiones de técnica-legislativa y respecto a la concepción de los derechos humanos. Votó en contra de la prohibición de la participación del clero en la educación primaria.

Se opuso a lo propuesto en los artículos  4° y 5°, sobre el trabajo diciendo: “sobra el inciso de que la ley perseguirá la vagancia, porque no se trata de legislar sobre delitos, sino de garantizar una libertad; sobre la obligación que se impone del servicio judicial obligatorio…”

En la disputa del artículo 115°, que habla sobre la hacienda municipal, los diputados Fernando Lizardi y Gerzayn Ugarte, propusieron que se estableciera el principio de hacienda propia a los municipios, pero que esta fuera deicida a nivel estatal.

Fernando Lizardi y José N. Macías defendieron ante el pleno la aprobación del dictamen que garantizara la legalidad para que las sentencias en los Tribunales Superiores de los estados fueran revisadas mediante un amparo. Además intervino en los debates sobre el domicilio (artículo 16), pena de muerte (artículo 22, donde veía a la pena de muerte como una necesidad social, que pudiera ser abolida cuando las condiciones lo permitieran) y Poder Judicial (artículo 72).

Profesor y otros cargos públicos:

Después de su participación en el Congreso fue Director y profesor en la Escuela Nacional de Jurisprudencia. Formó parte de las siguientes Comisiones Legislativas: Elaboración del Proyecto de Ley de Relaciones Familiares, Ley de Amparo, Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales y Ley Orgánica del Ministerio Público.

Falleció en la ciudad de México, el 11 de septiembre de 1956.

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