Por: Fernando Hernández Ochoa
El lunes 4 de noviembre de 1946, los diarios de la mañana, de la ciudad de México publicaron una noticia proveniente de Guadalajara, noticia que sólo podía creerse y explicarse como proveniente de un régimen incapaz de hacer justicia, aún en los casos más evidentes.
Se trataba de la absolución que el Consejo de Guerra reunido en la ciudad de Guadalajara, dictó en el proceso que se seguía en contra de los autores materiales de la matanza del 2 de enero en la ciudad de León.
La única responsabilidad que el Consejo de Guerra encontró en los militares consignados, fue la “infracción de deberes militares correspondientes a cada militar”, en el caso del Coronel Pablo Cano Martínez que fuera Jefe del Estado Mayor de la 16ª Zona Militar y que junto con su colega Olvera Barrón fueron los responsables directos de la masacre.
La sentencia
El veredicto de este Consejo de Guerra, que viene a ser algo así como el “broche de oro” que cierra los seis años del régimen de Ávila Camacho, es el siguiente:
“1.— El Coronel Pablo Cano Martínez, quien fue Jefe del Estado Mayor de la 16ª Zona Militar, es penalmente responsable como autor del delito de infracción de deberes militares, correspondientes a cada militar según su comisión o empleo, de que lo acusó el Agente del Ministerio Público Militar.
2.— Por la comisión de dicho delito y sus circunstancias, se le impone al coronel Pablo Cano Martínez la pena de nueve meses de prisión ordinaria a contar del día 26 de enero del año en curso, fecha en que aparece fue detenido, dándola por compurgada con el tiempo que ha estado privado de su libertad.
3.— En consecuencia, póngase al expresado coronel Pablo Cano Martínez en libertad absoluta y no debe quedar detenido por algún otro motivo.
4.— La pena impuesta al mencionado coronel, interrumpe por el tiempo de su duración, el de servicios del sentenciado.
5.— Amonéstese al sentenciado para que no reincida, haciéndole las advertencias de Ley.
6.— El mismo coronel Pablo Cano Martínez no es penalmente responsable de los delitos de abandono de mando, extralimitación de mando y violencia contra las personas de que lo acusó el Agente del Ministerio Público Militar.
A los restantes acusados, Coronel Emilio Olvera Barrón, Subteniente Blas Salazar Anaya, Sargentos Ángel Hernández Silva y Ricardo Hernández Romero y el cabo Salvador Reyes Revilla, el Consejo de Guerra no los encontró responsables de los delitos que habían sido acusados y ordenó que fueran puestos en libertad absoluta.
Disculpas
No se sabe con certeza, pero dado el veredicto es lo más probable, que los “jueces” militares que conocieron de este proceso hayan pedido excusas a estos militares por las molestias que les causaron durante el proceso y a Pablo Cano Martínez deben haberle extendido un “vale” por los 8 días que estuvo en prisión, además de los 9 meses a que fue sentenciado, “vale” que en todo caso le dará derecho —proporcionalmente a la pena que le fue impuesta por el asesinato en masa del 2 de enero— a asesinar dos personas y a herir tres, sin que sea detenido un solo día.
Declaraciones de los mílites
Las primeras declaraciones de los militares respecto a los sucesos del día 2, fueron hechas a este reportero, 12 horas después de que principiaron la matanza. El jefe del sector militar, comandante de las fuerzas federales, Emilio Olvera Barrón, declaró:
“Desde la mañana los de Acción Nacional, los sinarquistas y los otros, de la Acción Cívica Leonesa, estuvieron insultando al Partido, al doctor Quiroz y de paso, hasta nosotros. Desde las 9 de la mañana estuvieron recorriendo las calles para que cerrar el comercio. Después comenzaron a reunirse en la plaza y estuvieron insultando al PRM. Traían un ataúd negro, con las iniciales del Partido marcadas. Estuvieron causando escándalo. Rompieron parte de las puertas del Cine Edén y quemaron dos palmeras del jardín. Bloquearon las calles con automóvil y trataron de asaltarnos. Disparó la Guardia con los resultados que usted sabe.
Declaraciones de los testigos
Cientos de testigos presenciales de los hechos había en León. Sus declaraciones coincidían perfectamente. Se prestaron a declarar ante los Ministros de la Suprema Corte de Justicia que efectuaron las investigaciones afirmando que se encontraban dispuestos a declarar ante cualquier autoridad, para lograr que se hiciera justicia castigando a los culpables de la cruel matanza. Las autoridades tienen los nombres y los domicilios de estos testigos. Además otros testigos relataron a este reportero, como se habían registrado los hechos, manifestando también que estaban dispuestos a ir ante cualquier autoridad a declarar la verdad.
Los testigos fueron: David Álvarez A., agente viajero; licenciado Jesús Bravo, Notario de la ciudad de León, señor Menes, agente del Servicio Aéreo Panini; Jesús Flores Gaona, comerciante con domicilio en Pino Suárez 323; Ignacio Rivera, Mecánico, que vive en la calle de Juárez 503; Adalberto Torres Fuentes, con domicilio en Sollano 23; José Gasca, chofer, que vive en Artes 107; Miguel Gutiérrez chofer, con domicilio en Díaz Mirón 317 y otros.
Todos ellos presenciaron como la guardia de Palacio abría el fuego, sin que hubiera mediado ninguna provocación por parte de pueblo; como salían las tropas en formación y continuaban disparando sobre la gente que huía; como remataban a los heridos que estaban tirados en el suelo y como persiguieron al pueblo hasta varias cuadras de distancia del Palacio Municipal. Muchos cientos de personas de León, presenciaron estos hechos y estaban dispuestas a relatarlos ante las autoridades competentes. La responsabilidad de los mílites era evidente. Parecía que no podían escapar al castigo.
Sin embargo, la sentencia del Consejo de Guerra es absolutoria. Como algo meramente documental para la historia damos a conocer los nombres de los “jueces” que se prestaron a representar esa innoble farsa que fue el Consejo de Guerra. Actuaron: de Presidente el general brigadier Julián Abitia Garcés; primer vocal, coronel de caballería Reynaldo Salazar Muguero; segundo vocal, coronel de infantería, Andrés Barrera Real; tercer vocal, coronel de caballería Othón Ricardo Amaro; cuarto vocal, coronel de caballería, J. Jesús Loreto Howell. Juez, el general y licenciado Rafael Coralines Mora; Secretario, teniente coronel y licenciado Rafael Romain Mondragón.